Protección de datos en los despachos de Abogados

PROTECCIÓN DE DATOS

El nuevo Reglamento General de Protección de Datos (RGPD), el cual será aplicable a partir de mayo de 2018, supone un importante cambio en la aplicación de la protección de datos en los despachos de abogados, por lo que deberán tener muy presente sus principales novedades:

• Principio de “Privacy by desing y privacy by default”: La privacidad se debe tener en cuenta en todos los casos y aplicaciones desde el diseño y por defecto.
• Nuevos derechos como el derecho de portabilidad y el derecho al olvido, además de la minimización en la recogida de datos.
• Los titulares de los datos que se recaben y traten, deben prestar su consentimiento expreso.
• Obligación de demostrar que se ha recabado de la manera regulada el mencionado consentimiento.
• Designar un delegado de protección de datos, en caso de ser necesario en función del nivel de riesgo.
Evaluaciones de Impacto a la Privacidad, en caso de ser necesario.

Todas estas novedades pueden suponer una carga de trabajo importante en protección de datos a la hora de integrarlas en un despacho de abogados, pero también pueden suponer una ventaja, como es el caso del Delegado de Protección de Datos (DPO).

En este sentido, el DPO puede ser una figura importante en los despachos de abogados, pues ayudarán a las firmas a abaratar los costes laborales de su contratación.

Por ello, es importante evaluar lo antes posible la situación en materia de protección de datos en la que se encuentra cada despacho de abogados, con el objetivo de adaptarse a las exigencias del RGPD, así como detectar posibles agujeros en la seguridad.

Por último es importante destacar que el incumplimiento de estas exigencias en protección de datos puede suponer sanciones del 4% de sus ventas anuales mundiales, o incluso de hasta 20 millones de euros.


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