Vendes en Internet: Aprobada la nueva Ley 7/2015 de comercio electrónico y venta a distancia

requisitos legales venta on line

PUES SI…ESTO ERA UNA INOCENTADA 🙂 🙂

Después de varios meses de desacuerdos por fin se aprueba la controvertida “Ley de Comercio Electrónico y venta a distancia”. Y aquí mi punto crítico, ya que parece que el legislador no conoce las reglas del juego a la hora de utilizar Internet como medio de venta ya que entre otras muchas cosas establece un registro para vendedores, es decir, que no se podrá proceder a vender servicios y productos en internet sin la oportuna licencia por parte de la futura Agencia estatal de comercio e Internet, quien dicho sea de paso, podrá cerrar webs de oficio en el caso que entienda que la tienda on line correspondiente no respeta los principios de diseño, requisitos de seguridad y de marketing de los productos o servicios vendidos por parte del prestador.

En dicha Ley, incomprensiblemente establece como requisito el derecho de prueba del producto vendido, es decir, que el comprador pueda utilizar a su antojo el mismo y una vez utilizado pueda devolverlo sin cargo alguno excepto los meros gastos de envío y sin previsión de tiempo.

Por otro lado, establece el derecho del comprador a no proceder al pago hasta un año posterior a la entrega del producto. Éste ha sido un punto muy discutido, ya que supone una vulneración flagrante a la garantía de cobro por parte del vendedor y supondrá la quiebra inmediata de muchos comercios on line.

He realizado un estudio sobre dicha normativa en este enlace. No dudes en consultarlo ya que viene muy estructurados dichos cambios.

Amigos, vienen tiempos de cambios para el comercio electrónico.

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